Informe San Juan Antes de comprar

Registro General Inmobiliario · San Juan

Informe de dominio sin valor legal

El Registro lo llama copia consulta. Es el documento que expide sin valor legal, y para muchas situaciones alcanza.

Trae la misma información que el informe de dominio: quién figura como titular y qué gravámenes tiene anotados el inmueble.

La diferencia es su valor como documento: no se puede presentar ante un juzgado ni ante un escribano. Sirve para saber, no para probar.

Cuándo te alcanza y cuándo no

Te alcanza si…

  • Estás mirando una propiedad y querés saber si vale la pena avanzar
  • Te ofrecieron un terreno y querés confirmar que existe y de quién es
  • Comparás dos o tres inmuebles antes de decidirte
  • Querés chequear tu propia propiedad por curiosidad o por prolijidad
  • Estás armando una carpeta interna, sin presentarla en ningún organismo

No te alcanza si…

  • Vas a entregar una seña o firmar un boleto de compraventa
  • Tenés que presentarlo en un juicio o ante un juzgado
  • El escribano te lo pidió para la escritura
  • Es para un trámite ante un organismo público
  • Lo necesitás como respaldo frente a un tercero
La regla práctica

Si el informe es para vos, la copia consulta alcanza. Si es para mostrárselo a otro —un juez, un escribano, un organismo, la contraparte de una operación— necesitás el que tiene valor legal.

Por qué es más barato

No es una versión recortada ni un resumen: el trabajo del Registro es distinto. El pedido entra por una mesa de entrada propia, la Mesa de Entrada de Publicidad Material, separada de la mesa general por donde van los trámites notariales, judiciales y administrativos.

Al no tener que emitirse como documento oponible, el sellado es menor. Es la puerta de entrada natural cuando todavía estás averiguando y no querés gastar de más en algo que quizás descartes en dos días.

El orden habitual

La copia consulta sirve para la etapa de averiguación. Cuando la operación avanza y hay escribano designado, es él quien solicita el certificado que corresponde para escriturar.

Qué datos hacen falta

Los mismos que para cualquier informe del Registro: hay que identificar el inmueble en el lenguaje registral, no por la dirección.

  • Matrícula registral, o el antecedente dominial: número, folio, tomo y año.
  • Datos catastrales: sección, parcela, lote.

Si no los tenés, no es un obstáculo: se puede llegar a ellos desde la dirección o desde el nombre del titular. Ese paso previo lo explicamos en cómo encontrar la matrícula de un inmueble.

Quién puede pedirlo

Como todos los trámites del Registro General Inmobiliario, desde el 1 de marzo de 2025 entra únicamente por la Mesa de Entrada Virtual del Poder Judicial, habilitada para escribanos, abogados y agrimensores. Un particular no tiene hoy una vía propia para presentarlo, y por eso lo presentamos nosotros.

¿Qué servicio necesitás?

Unas pocas preguntas. Te decimos qué corresponde en tu caso y cuánto sale.

Preguntas frecuentes

¿La información es la misma que la del informe con valor legal?

Sí. Lo que cambia no es el contenido sino el valor del documento. La copia consulta refleja lo que dice el Registro, pero no se emite como instrumento para presentar ante terceros.

¿Sirve para pedir un crédito hipotecario?

No. El banco y el escribano van a pedir documentación con valor legal. La copia consulta te sirve antes, para saber si el inmueble está en condiciones de ser hipotecado y evitarte el trámite en falso.

¿Cuánto cuesta?

El precio es final e incluye el sellado del Registro. Se paga online al hacer el pedido, y el valor de cada servicio está en precios y plazos.

Si después necesito el que tiene valor legal, ¿pierdo lo que pagué?

Son dos trámites distintos y cada uno tiene su sellado, así que sí, se paga de nuevo. Aun así suele convenir: la copia consulta es bastante más económica y te evita pagar el informe caro por un inmueble que ibas a descartar igual.

¿Cuánto tarda?

Depende de la carga del Registro. La Mesa de Entrada Virtual recibe de 7:30 a 12:30, así que un pedido de la tarde entra al día siguiente. Cuando nos consultes te decimos el plazo real para tu caso.

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